El Consorcio del Parque de Collserola es una entidad pública de carácter asociativo y de naturaleza institucional y local que tiene por objetivo la gestión y desarrollo del Plan Especial de Ordenación y de Protección del Medio Natural del Parque de Collserola.

Está constituido por el Área Metropolitana de Barcelona, ​​la Diputación de Barcelona, la Generalitat de Cataluña, y los nueve municipios con territorio en el Parque: el Papiol, Molins de Rei, Sant Feliu de Llobregat, Sant Just Desvern, Esplugues de Llobregat, Barcelona, Montcada y Reixac, Cerdanyola del Vallés y Sant Cugat del Vallés, a los cuales se añadió el EMD Valldoreix el año 2022.

La persona que ocupa la Presidencia es la representante legal del Consorcio y dirige el govierno y la administracion. Las personas que ocupan la Vicepresidencia sustituyen a la Presidencia en caso de vacante, ausencia o enfermedad. Son elegidas entre las personas miembros de la Asamblea General que pertenezcan a la Diputación de Barcelona, ​​al Área Metropolitana de Barcelona ya la Generalitat de Cataluña, de forma que un cargo sea ostentado por una persona representante del Área Metropolitana, una otra representante de la Diputación y otra representante de la Generalitat de Cataluña. La persona que ocupa la Vicepresidencia Ejecutiva es la responsable de la coordinación y la dirección de los servicios del Consorcio y es nombrada por la Asamblea General. La persona que ocupa la Dirección Gerencia ejerce el mando directo del personal y de los servicios del Consorcio y es designada por la Comisión Ejecutiva.

Las funciones de los cargos electos están determinadas en los Estatutos

Presidencia

Jaume Collboni i Cuadrado
Presidente de la Área Metropolitana de Barcelona

 

Vicepresidencia 

Xesco Gomar Martin
Presidente delegado de la Área de Espacios Naturales y Infraestructura Verde de la Diputacion de Barcelona.

Marc Vilahur i Chiaraviglio
Director general de Politicas Ambientales y Medio Natural del Departamento de Acción Climática, Alimentación i Agenda Rural de la Generalitat de Cataluña.

 

Vicepresidencia Ejecutiva

Xavier Paz Penche
Alcalde de Molins de Rei

 

Dirección y Gerencia

Raimon Roda Noya
Director gerente

Es el supremo órgano de deliberación y decisión del Consorcio. También es el órgano rector del Parque Natural a efectos de lo que prevé el artículo 10.2 del Decreto 146/2010, de 19 de octubre. Las personas que lo integren serán designadas o cesadas por los respectivos órganos de gobierno de los entes consorciados.

La composición de la Asamblea General es de 1 persona miembro de la Generalidad de Cataluña, 2 personas miembros de la Diputación de Barcelona, ​​2 personas miembros del Área Metropolitana de Barcelona y 1 persona miembro de cada ayuntamiento adherido al Consorcio. El total de personas será de 15 personas.

La representación de la Generalidad de Cataluña y la de los ayuntamientos tendrán 1 voto cada una y las de la Diputación de Barcelona y del Área Metropolitana de Barcelona tendrán 3 votos cada una. El total de votos será de 22.

Las funciones  de la Asamblea General del Consorcio están determinadas en sus Estatutos.

Relación de cargos y personas miembros

La Comisión Ejecutiva es un órgano operativo cuyo objeto es realizar el seguimiento y establecer los mecanismos de puesta en marcha de las decisiones tomadas en la Asamblea General. También es el órgano gestor del Parque Natural a efectos de lo que prevé el artículo 10.3 del Decreto 146/2010, de 19 de octubre.

La Comisión Ejecutiva se designará a propuesta de la Presidencia y con la aprobación de la Asamblea General.

Su composición se fijará en 15 personas de las cuales 2 en representación de la Generalidad de Cataluña, 2 de la Diputación de Barcelona, ​​2 del Área Metropolitana de Barcelona y 1 de cada ayuntamiento adherido al Consorci; sin que las personas designadas deban ser necesariamente miembros de la Asamblea General.

Las personas en representación de la Generalidad de Cataluña tendrán 1 voto cada una, las de la Diputación de Barcelona y las del Área Metropolitana de Barcelona tendrán 2 votos cada una, el del Ayuntamiento de Barcelona tendrá 3 votos y el resto de personas miembros tendrá 1 voto cada una. El total de votos será de 21.

Las entidades consorciadas designarán libremente a una persona titular y una suplente en su representación.

Las funciones de la Comisión Ejecutiva del Consorcio están determinadas en los Estatutos.

Relación de cargos y personas miembros